Esto son los pasos a seguir.
Tunja, 13 de abril de 2023. (UACP). Todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con el perfil profesional para prestar los servicios de capacitación en manipulación de alimentos en las áreas de carne y productos cárnicos comestibles, leche cruda para consumo humano directo comercializada de manera ambulante, alimentos comercializados en vía pública en ventas autorizadas, y objetos, envases, materiales y equipamientos en contacto directo con alimentos, podrán realizar el trámite.
“Con la solicitud del interesado debidamente firmada, inicia el proceso; sigue el formato de solicitud para la expedición de autorización a capacitadores en manipulación de alimento, que el solicitante diligencia y al cual adjunta los documentos indicados; luego está la radicación mediante trámite virtual, ordenada y completa, especificando qué información corresponde a cada área que solicita la autorización por parte de esta entidad, al correo contactenos@boyaca.gov.co”, dijo la referente de Alientos en la Secretaría, Claudia Nope Rodríguez.
Los requisitos son:
Solicitud del interesado firmada; en el caso de personas jurídicas, la solicitud debe ir firmada por el representante legal, indicando cuál es la población objeto a capacitar.
Hoja de vida del capacitador con copia del diploma del título y tarjeta profesional.
Descripción detallada del curso de manipulador de alimentos a ofertar, especificando temas a tratar, metodología, duración, tipo y material.
En el caso de capacitadores de carnes y productos cárnicos comestibles, adicionalmente deben presentar certificaciones de formación en HACPP, hoja de vida, certificado de la experiencia docente en el área y experiencia en el área de carnes, mínimo de dos años.
Para el curso de manipulación de alimentos, son obligatorios los temas relacionados con buenas prácticas de manufactura e inocuidad de carne y productos cárnicos comestibles, la copia del pensum académico y el plan de estudios.
La información que suministra el solicitante estará sujeta a estudio, revisión y evaluación con el fin de empezar el trámite de expedición de autorización, en cumplimiento total de los requisitos, y basada en la normatividad vigente de cada una de las áreas que solicita.
El trámite termina con la autorización mediante acto administrativo (resolución) por parte de la Secretaría de Salud de Boyacá. Luego se notifica al Invima la información correspondiente de los capacitadores autorizados en el formato, y es precisamente el Invima la entidad a cargo de consolidar y publicar en página web, el listado de los profesionales o tecnólogos reportados por las entidades territoriales de Salud.
“También se realiza el seguimiento o auditoría a la capacitación del personal autorizado, de manera aleatoria mediante el formato de seguimiento, para lo cual el personal asignado por el programa de alimentos y bebidas de la Secretaria de Salud podrá asistir para verificar calidad y cumplimiento. En caso de encontrar irregularidades se podrá suspender la autorización del capacitador”, aseguró Nope.
Finalmente, la Funcionaria puntualizó que se puede suspender la autorización total o parcialmente, de acuerdo a los hallazgos.
Las capacitaciones deben contar con evidencia escrita en registros, constancias o certificados, y en todos los casos deberán tener la información del capacitador y su firma; en el caso de capacitaciones realizadas por las personas jurídicas, deben además tener de la información de la empresa con los datos y la firma del capacitador. (Fin/Sandra Yamile Peña Soler – Prensa, Secretaría de Salud - UACP).
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