Este 15 de mayo, todas las entidades que tengan que ver con garantía de derechos de las nuevas generaciones deberán cumplir requerimiento perentorio.
Tunja, 10 de mayo de 2019. De acuerdo con las normas legales vigentes, las autoridades nacionales, departamentales y municipales tienen plazo hasta este 15 de mayo para subir información a la plataforma de la Procuraduría General de la Nación en torno a la rendición pública de cuentas en garantía de derechos a la primera infancia, infancia, adolescencia y juventud.
Este proceso, también, se debe cumplir de acuerdo con lo establecido en la Circular 05 de 2018, expedida por el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, en la que invita a fortalecer las capacidades técnicas para hacer efectiva la garantía de derechos de los mencionados grupos poblacionales.
Adriana del Pilar Camacho León, secretaria de Integración Social de Boyacá, indicó que de acuerdo con lo anterior, el Gobierno del ingeniero, Carlos Andrés Amaya Rodríguez, puso a disposición de las autoridades locales un equipo humano interdisciplinario, liderado por la Secretaría de Planeación de Boyacá, que ha venido realizando una serie de acciones a nivel interno y de apoyo a las Administraciones de los 123 municipios para el cumplimiento de esta obligación legal y requerimiento del Ministerio Público.
Explicó que el trabajo ya está en la etapa de ingreso de información, que debe ser subida a la dirección web: httpps://www.procuraduria.gov.co/portal/infancia-adolescencia-familia.page, mediante el diligenciamiento de un formato especializado, para lo cual hay tiempo hasta a el 15 de mayo, fecha en la cual se cerrará el aplicativo.
Destacó que, en la mencionada rendición pública de cuentas, hay que tener en cuenta una ‘batería’ de 54 indicadores, en los que hay que dar a conocer las acciones y gestiones realizadas en favor de las nuevas generaciones de boyacenses, en el periodo 2016 – 2019.
El ejercicio hay que llevarlo a cabo en el marco del proceso de ‘Vigilancia Superior a la Gestión Pública Territorial’, que adelantan la Procuraduría General de la Nación y que sirve para realizar correctivos a los planes, programas y proyectos de la próxima vigencia administrativa de los departamentos y municipios.
De acuerdo con el Artículo 204 de la Ley 1098, el cumplimiento de este requisito recae sobre todos los responsables de las políticas públicas de infancia, adolescencia y juventud, es decir, gobernaciones, alcaldías, Icbf, instituto de Medicina Legal, Dnp, Dane, Icfes, Sena, Registraduría Nacional del Estado Civil, Unidad de Víctimas, entre otras entidades y su incumplimiento será sancionado disciplinariamente como causal de mala conducta. (Fin/Pascual Ibagué, Secretaría de Integración Social - UACP).
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Gobernación de Boyacá.