Así lo recalcó el secretario general de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres, Gerardo Jaramillo Montenegro.
En circular enviada a los gobernadores y alcaldes del país, el directivo recordó a los mandatarios que de acuerdo con lo señalado por el artículo 12 de la Ley 1523 de 2012, los gobernadores y alcaldes son conductores del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos en su nivel territorial y están investidos con las competencias necesarias para conservar la seguridad, la tranquilidad y la salubridad en el ámbito de su jurisdicción.
Puntualizó además que los consejos departamentales y municipales de Gestión de Riesgos de Desastres son los encargados de adelantar las acciones que se requieran para conocer, evaluar, prevenir, atender y mitigar el riesgo en su territorio, de conformidad con los artículos 13 y 14 de la misma ley.
Para información las personas afectadas deben comunicarse con la entidad departamental a la línea 742 0220 – 740 88 72. (Fin/Jaime H Romero R).
Oficina Asesora de Comunicaciones y Protocolo
Gobernación de Boyacá.