Misión Oficina de Planeación. (Art. 17° Decreto 1237 de 2006). Planear el desarrollo sectorial como garantía al cumplimiento de las políticas en materia de la cobertura y calidad, acorde con las funciones y las directrices nacionales y departamentales.
Son funciones de la Oficina:
1. Asesorar la ejecución de los planes, programas y proyectos definidos para el desarrollo de la entidad, en concordancia con las directrices del Ministerio de la Protección Social, el Departamento y la entidad.
2. Aplicar los procedimientos de planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de las actividades de la entidad, soportando la gestión en los informes y recomendaciones de mejoramiento.
3. Presentar el plan de desarrollo sectorial, el presupuesto de financiamiento y de inversión de conformidad con la ley, entre otras disposiciones vigentes a nivel departamental.
4. Elaborar los mecanismos de organización para la gestión de los procesos de recolección y presentación de estadísticas requeridas para la formulación de planes, programas y proyectos de la institución.
5. Adelantar el diagnostico de la dependencia, actualizar en forma pertinente y proponer las decisiones tendientes a mejorar la calidad de los servicios del cumplimiento de la misión y las funciones asignadas, optimizando el uso de los recursos disponibles para modernizarla y tecnificarla.
6. Implementar los procedimientos para evaluar los programas en materia de finanzas e inversión en concordancia con las políticas del gobierno nacional y departamental.
7. Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente.