Tanto productores agropecuarios como pesqueros pueden presentarse en esta convocatoria.
Tunja 13 de mayo de 2019 (UACP). La Gobernación de Boyacá y la Secretaría de Agricultura del departamento informan a las organizaciones de pequeños productores agropecuarios y pesqueros, que se encuentra abierta la Convocatoria Pública para el proceso de elección de representantes ante la Junta Directiva del Fondo de Solidaridad Agropecuario- FONSA 2019 – 2021.
En cumplimiento de la Ley 302 de 2996 y la Resolución 000142 del 30 de junio de 2016, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través del Viceministerio de Asuntos Agropecuarios y la Dirección de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios da apertura al inicio de este proceso de elección en el cual los representantes de los pequeños productores agropecuarios y pesqueros pueden presentarse.
Requisitos para la inscripción y elección de delegados
Artículo 3 Resolución 000142 de 2016: Los delegados de las Organizaciones de pequeños productores agropecuarios y/o pesqueros deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar los documentos que se exponen a continuación, con el fin de efectuar la respectiva inscripción:
Requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Ser pequeño productor, de conformidad con el artículo 2 de la citada resolución.
- Tener una antigüedad como asociado de organizaciones de pequeños productores agropecuarios y/o pesqueros de carácter departamental o nacional, igual o superior a 3 años.
- Tener una antigüedad mínima de 2 años como asociado de la organización de pequeños productores agropecuarios y/o pesqueros que presenta su solicitud.
- Ningún asociado podrá computar la antigüedad de manera simultánea en diferentes organizaciones durante el mismo lapso de tiempo.
Documentos que se deben presentar:
- Certificación expedida por el representante legal de la organización en donde conste que tal delegado es un productor de aquellos clasificados como pequeño, según lo establecido en el artículo 2 de la presente resolución. Dicha certificación deberá ir acompañada de balance general del delegado expedido por el contador de la organización respectiva.
- Certificación suscrita por el representante legal de la organización en la cual conste la antigüedad del pequeño productor de al menos dos (02) años en dicha organización.
- Certificaciones que acrediten que el pequeño productor ha sido miembro y/o asociado por un periodo mínimo de tres (3) años en cualquier organización de productores agropecuarios y/o pesqueros, no computable con la certificación anterior.
- Comunicación indicando una sola actividad sobre la que desea inscribirse (Agropecuaria o Pesquera).
- Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio del domicilio principal de la organización, con una antelación no superior a treinta (30) días calendario a la fecha de inscripción de la organización agropecuaria y/o pesquera a la que pertenece como asociado.
- Copia del registro único tributario – RUT de la organización agropecuaria y/o pesquera a la que pertenece como asociado.
- Copia de la cédula de ciudadanía del delegado de la organización de pequeños productores agropecuarios y pesqueros.
Nota: Los documentos solicitados se deberán entregar en medio físico en la oficina de la Secretaría de Agricultura de la Gobernación de Boyacá en horario de 8:00 am a 12 M y de 2:00 pm a 6:00 pm.
Cronograma de elección de los representantes de los pequeños productores del orden departamental 2019 - 2021
CRONOGRAMA DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL ORDEN DEPARTAMENTAL 2019 - 2021 |
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No. |
ACTIVIDAD |
FECHA |
1 |
Publicación de la Convocatoria |
Del 12 de Junio al 21 de Junio de 2019. |
2 |
Inscripción y recepción de documentos de los delegados designados por los representantes legales de las organizaciones de pequeños productores agropecuarios y/o pesqueros que deseen participar. |
Del 25 de Junio al 26 de Junio de 2019. |
3 |
Envió de documentos soporte de inscripción de los delegados, según lo establecido en el artículo de la resolución 000142 de 2016 al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – D.F.R.A |
28 de Junio de 2019. |
4 |
Verificación de cumplimiento de requisitos |
Del 27 de Junio al 5 de Julio de 2019 |
5 |
Publicación de listado de delegados habilitados de las organizaciones de pequeños productores agropecuarios y/o pesqueros. |
Del 8 de Julio al 11 de Julio. |
6 |
Recepción de reclamaciones de los delegados. |
Del 12 de Julio al 16 de Julio de 2019 |
7 |
Respuesta a las Reclamaciones realizadas. |
18 de Julio de 2019 |
8 |
Votación y/o elección de los dos (2) delegados Departamentales en las actividades agropecuarias y/o pesquera de manera democrática ante la Secretaría de Agricultura del Departamento. |
23 de Julio de 2019 |
9 |
Notificación al Viceministerio de asuntos agropecuarios del M.A.D.R de los dos (2) delegados seleccionados. |
Del 24 de Julio al 5 de Agosto de 2019. |
Para mayor información sobre la presente convocatoria, puede dirigirse a la Secretaría de Agricultura del Departamento con el profesional Óscar Leonel González o al correo electrónico oscar.gonzalez@boyaca.gov.co
El artículo 2 de la Resolución 000142 de 2016 y de conformidad con el artículo 1 de la ley 302 de 1996, definen al Pequeño productor como aquella persona natural que cumpla con las siguientes condiciones:
- Que sus activos totales no superen los doscientos cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (250 smlmv) incluidos los de su cónyuge o compañero (a) permanente, según balance comercial. Para el caso de los usuarios de la reforma agraria, el valor de la tierra no será computable dentro de estos activos totales;
- Que no menos de las dos terceras (2/3) partes de sus ingresos provengan de la actividad agropecuaria y/o pesquera, o que tengan por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) de sus activos invertidos en el sector agropecuario, forestal, de agricultura o pesquero, según el balance comercial.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en el año 2015 emite el Decreto 1071, mediante el cual se expide el Decreto único Reglamentario del sector Administrativo Agropecuario, pesquero y Desarrollo Rural, en el cual menciona en el artículo 2.1.3.5 que “Representantes de los productores ante la junta directiva del FONSA: Los representantes legales de las organizaciones de pequeños productores agropecuarios o pesqueros legalmente constituidas reconocidas, de carácter Departamental, designarán en su respectivo departamento un delegado por cada actividad, quienes actuarán en representación de dichas organizaciones en la reunión que convoque el Viceministro de Asuntos Agropecuarios, o quien haga sus veces, con el fin de elegir representantes de qué trata el artículo 7 de la ley 302 de 1996”.
El Departamento de Boyacá cuenta en la actualidad con un número significativo de Organizaciones de carácter Agropecuario y Pesquero, que se encuentran debidamente legalizadas, aptas para participar en el proceso de elección de representantes ante la Junta Directiva del Fondo de Solidaridad Agropecuario – FONSA.
En el gobierno de Carlos Amaya ¡Somos Bicentenario, Creemos en el Campo! (Fin / Yamid Niño Torres, Secretaría de Agricultura de Boyacá - UACP).
Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo
Gobernación de Boyacá.