Desplazados

¿Esta Ley sirve a las personas que se encuentran en situación de desplazamiento?

SI.

¿En qué?

La presente Ley simplifica el trámite de inscripción en el Programa de Beneficios para Desplazados. Las personas que se encuentren en situación de desplazamiento, podrán declarar los hechos ante cualquiera de las siguientes entidades: la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, o ante las Personerías Municipales o Distritales, en el formato único diseñado por la Red de Solidaridad Social, a fin de acceder a los beneficios que se otorgan para este tipo de población.

¿Estas personas tienen que llevar algún documento a la Red de Solidaridad?

No.

¿Entonces quién hace los trámites?

Las entidades que reciban los hechos declarados están en la obligación de remitir la copia a más tardar el día hábil siguiente a la Red de Solidaridad o a la oficina que esta designe a nivel departamental, distrital o municipal, para el efecto.
Cuando se establezca que los hechos declarados no son ciertos, la persona perderá todos los beneficios, sin perjuicio de sanciones penales.