El director de Recaudo y Fiscalización de la Gobernación de Boyacá, Jeffer Iván Ochoa Sanguña, mediante acto administrativo amplió el plazo para la declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores para la vigencia 2015, sin intereses y sanciones hasta el 31 de julio de 2015.
También se indica que la presentación y pago de las declaraciones tributarias del impuesto sobre vehículos automotores por parte de los propietarios y poseedores de vehículos matriculados en el departamento se realizarán en las entidades financieras con las que la secretaría de Hacienda haya suscrito los convenios correspondientes.
El pago del impuesto debe realizarse simultáneamente con la presentación de la declaración y constar en el mismo formulario.
Los contribuyentes que no declaren y paguen el impuesto, con posterioridad al 31 de julio de 2015, deberá liquidar las respectivas sanciones e intereses de mora, con base en la tasa de interés vigente al momento de pago, conforme a las normas que rigen la materia.
Para la liquidación del impuesto sobre vehículos automotores se debe tener en cuenta las resoluciones del Ministerio de Transporte Nos. 003739 y 003740 del 28 de noviembre de 2014, y demás normas vigentes. (Fin/Jaime H Romero R).
Oficina Asesora de Comunicaciones y Protocolo
Gobernación de Boyacá.