2009-05-22
Por el cual se crea el municipio de Puerto Vásquez (Puerto Boyacá)
ARTÍCULO 1º Créase el Municipio de "Puerto Vásquez" (Puerto Gustavo) cuya cabecera será el puerto del Mismo nombre, en la rivera derecha del río Magdalena, en el Territorio Vásquez.
ARTÍCULO 2º Puerto Vásquez será la capital del Territorio Vásquez, Zona del Magdalena.
ARTÍCULO 3º Segrégase del Territorio Vásquez la comarca que formará el Municipio de Puerto Vásquez con los siguientes linderos: Desde la desembocadura de la quebrada Turturú en el río Guayaquí sigue este abajo hasta la confluencia con el río Negro, este abajo hasta su desembocadura en el río Magdalena, que limita con Cundinamarca; sigue el río Magdalena abajo, limita con Antioquia hasta donde recibe las aguas del río Ermitaño, éste arriba a dar a la serranía de Las Quinchas, limita con Santander, de este punto por la misma serranía a buscar el origen de la quebrada Turturú y ésta abajo hasta su confluencia con el río Guaguaquí, que limita con el Territorio Vásquez (Zona Otanche), primer lindero y encierra.
ARTICULO 4º La Dirección de Obras Públicas del Departamento fijará los límites del Municipio de Puerto Vásquez, de conformidad con las normas que para el efecto establece la Ley 62 de 1939 y Decreto reglamentario No 803 de 1940.
ARTÍCULO 6º Este Decreto regirá a partir de su expedición.
ARTÍCULO 7º Sométase a la aprobación del Gobierno Nacional, como lo dispone el Decreto Ejecutivo # 0155 del presente año.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Tunja a 14 de diciembre de 1957.