Dirección de Recaudo y Fiscalización
OBJETIVO GENERAL
Coordinar las actividades de recaudación de las Rentas Departamentales, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
FUNCIONES
Evaluar el sistema impositivo que genera los ingresos departamentales para proponer políticas y generar estrategias para un efectivo recaudo.
Elaborar los estudios y análisis orientados a establecer los convenios que deba realizar el Departamento en ejercicio del monopolio de licores destilados nacionales y expedir las autorizaciones y certificaciones para el bodegaje y Comercialización de los mismos.
Adelantar los procesos y actuaciones producto del decomiso de mercancías, proyectando los actos administrativos y acciones de trámite en los términos previstos en el Estatuto de Rentas Departamentales y demás disposiciones sobre la materia.
Coordinar con los organismos pertinentes las acciones y estrategias orientadas a contrarrestar el contrabando, la elusión y evasión de las rentas departamentales.
Diseñar e implementar los sistemas de información que garanticen la correcta liquidación y recaudo de los impuestos, gravámenes, contribuciones y tasas; así como para adelantar las actuaciones fiscalizadoras que contrarresten la efusión, evasión y contrabando en los términos que establece el Estatuto de Rentas del Departamento y demás disposiciones sobre la materia.
Adelantar análisis del comportamiento de los recaudos, adelantar la cobranza administrativa y según el procedimiento pasar a cobro coactivo la cartera morosa.
Estudiar los riesgos propios del recaudo de ingresos del Departamento, aplicar mecanismos de evaluación selectiva a la liquidación de los pagos efectuados y emprender las acciones correctivas e implantar los mecanismos de control que eliminen la materialización de los riesgos.
Aplicar las disposiciones tributarias y fiscales a los evasores y contraventores de las rentas del Departamento; procedimientos que en lo atinente a derecho deben adelantar la jurisdicción coactiva la Dirección.
Asegurar el cumplimiento de las normas que establezcan y regulen los impuestos departamentales, sin perjuicio de las atribuciones asignadas a otros organismos en materia impositiva y fiscal. Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o sean asignadas por autoridad competente.